Estas becas, destinadas a personas socias de cualquier ASPAYM que residan en su domicilio particular (exceptuando las ayudas para la adquisición de productos de apoyo),cubrirán los gastos destinados a la adquisición de productos de apoyo y realización de obras para la accesibilidad en la vivienda habitual de la persona interesada. El importe máximo de subvención por persona no superará la cantidad de 850 euros. Es imprescindible que la persona no haya solicitado esta ayuda en los dos años anteriores a la presente convocatoria siempre que los productos/obras objeto de subvención cubran la misma necesidad funcional.
La cuantía de la subvención se determinará en función de la puntuación obtenida por solicitud, de acuerdo con el baremo de valoración.
Envío de solicitudes Las personas interesadas o sus representantes podrán enviar la solicitud, a través del técnico de la asociación ASPAYM correspondiente. El técnico de ASPAYM enviará la solicitud junto a los documentos a Federación Nacional ASPAYM mediante e-mail a la siguiente dirección: lidiamartinez@aspaym.org
Plazo de presentación: Las solicitudes podrán presentarse hasta el día 28 de abril de 2020.
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